martes, 27 de mayo de 2008

Alcances, mitos y propuestas para una Ley de Educación Superior

Aritz Recalde,
mayo de 2008

El gobierno nacional esta proyectando la reforma de la Ley de Educación Superior, cuestión que pese a ser positiva, no resuelve la crisis de las universidades. Algunas personas creen que derogar la ley neoliberal es por si misma una política universitaria. Dicha tesis propia de las corrientes del reformismo conservador y la izquierda mitromarxista, debe ser desmitificada para tener una noción concreta de los alcances que puede tener una reforma de la LES para modificar el comportamiento del sistema de educación superior.

Nuestra opinión es que la identificación de todos los problemas de la universidad en dicha ley es una forma, conciente o inconsciente, de esquivar el necesario debate sobre las reformas que tiene que implementar el Sistema de Educación Superior para cumplir con sus objetivos de manera satisfactoria. Dicho mecanismo legal y pese a que tiene flancos débiles y cuestionables, auspicia la posibilidad de resolver y superar ampliamente, todos y cada uno de los anhelos y propuestas de la “reforma del año 1918” y de gran parte de las agrupaciones políticas existentes. La forma en que son encarados en la LES los temas de gobierno, de extensión, de coordinación interinstitucional, servicios sociales, derechos docentes o de planificación de carreras y posgrados, dejan en manos de la “autonomía” y el cogobierno la decisión última y la resolución de gran parte de los asuntos. En este cuadro, los universitarios suponen que la otra ley puede resolver los temas que ellos, por su cuenta y diariamente, esquivan por propia decisión. De más esta decir, que la Ley de 1995 no solo no es la “culpable de todos lo males”, sino que y por el contrario, introdujo cuestiones positivas, como y por ejemplo, la existencia de la CONEAU o de la figura de los Consejos Sociales. Hay un tema de la LES que es cuestionado por la dirigencia universitaria y se refiere a la posibilidad que esta abre al cobro de aranceles en estudios de grado. Este planteo se enfrenta con la sanción de la gratuidad universitaria decretada por Perón en la década de 1950 y que aun esta vigente. Hay que decir que la gratuidad universitaria tiene sanción constitucional y que fallos de la justicia lo han reforzado. En este cuadro, los planteos que creen que la “autonomía” y la “gratuidad” son un programa para la universidad, lo que están afirmando es que debe continuar sin modificaciones el sistema de educación superior argentino.
La posibilidad de que una ley de educación superior modifique el comportamiento universitario tiene que partir cuestionando la autonomía y adecuando el funcionamiento educativo a la democracia de masas. La autonomía actualmente es entendida como un sinónimo del gobierno tripartito que nació con Aramburu en 1956: un modelo de universidad para una dictadura. La democracia esta escindida entre las mayorías expresadas en el sistema de partidos y una minoría inserta en el cogobierno universitario. Las mayorías tienen la posibilidad de redactar las leyes a través de sus representantes -los legisladores- y paradójicamente, la “autonomía” imposibilita transmitir el mandato popular a la universidad ya que según la comunidad universitaria, hay que escribir una ley que les permita actuar desconociendo la voluntad popular: eso es la autonomía y el cogobierno en los hechos.

En nuestra opinión se abren tres posibilidades de las cuales dos pueden contribuir al país y otra que va a dejar la realidad tal cual es:
1- Sancionar una nueva LES que garantice la “gratuidad y la autonomía”: esta propuesta intenta que todo siga igual en las universidades argentinas. Esta ley es beneficiosa para la corporación universitaria.
2- Sancionar una nueva LES que traduzca los intereses de la voluntad popular y que priorice la democracia de masas al cogobierno: debe ser reglamentarista y su objetivo debe atender las demandas del desarrollo y las políticas públicas. Esta ley es beneficiosa para el pueblo.
3- Desarrollar una política de planificación y de fomento educativo desde los organismos del Estado: la Secretaria de Política Universitaria en consonancia al nuevo Ministerio de Ciencia y Tecnología deben ser los motores de la transformación educativa. Esta medida es beneficiosa para el pueblo.

Como se observa, los puntos 2 y 3 involucran las demandas, anhelos y la participación de las mayorías de argentinos que eligen a sus representantes. El punto 1 involucra los deseos del 3,5% de los universitarios preocupados por seguir conduciendo la universidad a espaldas de la democracia de masas, sea esta municipal, provincial, nacional, de productores, trabajadores o de organismos de la cultura.
Hecha estas aclaraciones, consideramos oportuno proponer medidas para formular otra LES, pero lo que es importante, vamos a promover políticas de Estado para la educación superior. Las actividades de la organizaciones libres del pueblo y las políticas del Estado deben ser los protagonistas de la transformación de la universidad, que no es un problema de leyes, sino que y por el contrario, es una cuestión de poder y de decisión política. A continuación vamos a proponer un índice de textos a los cuales usted puede acceder y que establecen medidas concretas para formular otra LES y otras política universitaria. Asimismo, en el lateral derecho de este portal hay diversos textos que usted puede descargar.

1- Lineamientos Políticos y Académicos para una Nueva Universidad, 65 Medidas para refundar la Educación Superior

2- Proyecto de ley de Educación Superior de Alberto Cantero Gutierrez

3- Power Point con 8 capitulos y 35 propuetas para otra LES

4- Estudio y comentarios de las leyes universitarias 13.031/47, 14.297/54, 20.654/74 y 22.207/80 (Libro "Universidad y Liberación Nacional")

domingo, 18 de mayo de 2008

SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN: LEY 14.241 DE 1953


Medios de Comunicación y Peronismo
Aritz Recalde

INTRODUCCIÓN

Lisa y llanamente, que las clases dirigentes argentinas después del 1853 fueron educadas de acuerdo con una aberrante interpretación de la escuela liberal, esto es, que debían servir primero a la Libertad y después a la Nación; en consecuencia, ellos mismo, los Paz y los Mitre, directores y propietarios de diarios antiguos, extendidos e influyentes en el país, entre la libertad para una prensa chantajista y dañina y la salud pública, prefieren la libertad, aun cuando esa prensa haya lesionado sus propios intereses.
Ramon Doll (1)

Este trabajo es un breve análisis de la única ley de Radiodifusión producto del voto del congreso nacional en la Argentina. Nos referimos a la ley 14.241 del año 1953 que fue derogada por la dictadura impuesta en el año 1955 (2) y olvidada por los distintos gobiernos, militares y civiles, existentes hasta el día de la fecha.
Pese a la existencia de la ley 14.241, producto, repetimos, del debate del congreso y el funcionamiento del sistema institucional democrático de partidos, el marco normativo actual es el decreto ley 22.285 del año 1980, ideado bajo el gobierno del dictador Jorge Rafael Videla. La vigencia del marco normativo de radiodifusión de la dictadura y el desconocimiento generalizado de la ley del año 1953, expresan y por lo menos, dos cuestiones elementales: por un lado, la capacidad de los grupos concentrados ligados a la producción y circulación de la información para mantener un esquema de funcionamiento normativo que les otorga altos privilegios y la posibilidad de actuar en muchos casos, discrecionalmente y en contra del bien común de la nación y cuestión que la ley 14.241 reglamentaba; pero además y tema central para el desarrollo de nuestra democracia, el estado actual de funcionamiento del sistema de radiodifusión es un síntoma de la inexistencia de una Política Nacional de Comunicación (3).
Dicha falencia no es propia de este gobierno, ni tampoco una cuestión de las últimas décadas, sino que por el contrario, es parte de la génesis misma de la fundación del Estado nacional. Las justificaciones de la defensa de los privilegios del sector privado en la comunicación y su relación con la negativa a que el Estado implemente una regulación estatal que priorice el bien común sobre el egoísmo individual, se liga directamente a los contenidos liberales de la constitución del año 1853 (4). Este texto cristalizó jurídicamente la supremacía económica, política y lo que nos interesa en particular en este trabajo, la supremacía cultural, de los intereses del liberalismo británico y los grupos de poder portuario. El “triunfo da derechos”, y entre ellos, el de promover el modo de pensamiento de los vencidos y es por eso, que la constitución del año 1853 estableció dos de los equívocos de interpretación, que al día de la fecha, son reivindicados como incuestionables por muchos sectores de la prensa: uno, es la interpretación de la categoría de la “libertad de prensa” (artículo 14 y 32 de la C.N. 1853) y el otro, el de “la igualdad de extranjeros” (artículo 20 de la C.N. 1853).
Al llamar “equívoco” a libertad de prensa, no cuestionamos el derecho a opinar, pensar libremente y a desarrollar distintas expresiones culturales y verterlas en la prensa que tienen los ciudadanos, derecho mencionado en la constitución nacional y digno de ser reivindicado. Ahora bien, la “libertad de prensa” para los vencedores de la batalla de Caseros del año 1852 y la sanción de la constitución de 1853, se relacionó a la libertad de empresa, que tuvo y tienen, los sectores del poder económico para hacer de la comunicación y la prensa, palancas de desarrollo de su capital y sus negociados, no importa que costos eso origine para el bien común del país. En nombre de la libertad de prensa los vencedores de Caseros fundaron los diarios La Nación y La Prensa, de las familia Mitre y Paz y que junto al control que ejercieron sobre la Academia Nacional de Historia, les permitió adquirir una fuerte influencia sobre la producción y distribución de la noticia en el país.
Lo pernicioso de este postulado llega hasta el día de la fecha y es por eso, que la libertad de prensa tal cual se ejerce desde los grupos oligopolios de la comunicación, no oficia como una garantía del derecho opinar y pensar libremente de los ciudadanos y los pequeños medios de comunicación, por ejemplo, frente a una dictadura o un gobierno autoritario. Sino que por el contrario y paradójicamente, la “libertad de prensa” esta relacionada estrechamente a “libertad de empresa” de grupos de oligopolios y oficia como un medio para chantajear, enfrentar y en muchos casos, desestabilizar gobiernos democráticos desconociendo el mandato popular (5). En nombre de este equívoco de interpretación se intentó obstaculizar el debate en los círculos intelectuales sobre la necesidad de reglamentar el funcionamiento de las comunicaciones y junto a ello, se obstruyó la necesidad de implementar una política de Estado que regule la prensa. A partir de aquí, es que sigue vigente la carencia de un marco legal que fije taxativamente el rol y la responsabilidad social que implica ser licenciatario de medios: los medios de comunicación, escritos o audiovisuales, son un servicio público y no un negocio privado y menos aún, deberían ser un negocio privado extranjero con sede en Argentina.
El otro equívoco de interpretación establecido por los grupos de poder terrateniente ligados Inglaterra y que obstaculizó el debate sobre la sanción de un marco legal para las comunicaciones, es la declaración de la “igualdad de extranjeros”, que llevada al campo de la prensa, implicó garantizar a los propietarios extranjeros la posibilidad de adquirir los medios de comunicación en nuestro país con escasas limitaciones. Esta posibilidad operó y oficia actualmente, como una palanca para desfavorecer económica y culturalmente, a nuestro país en beneficio de los intereses extranjeros. La acción de difusión de dicho concepto influyó en la educación de la intelectualidad y los sectores medios. El liberalismo conservador e históricamente, fue difundido por la prensa de la oligarquía y los grupos de poder bonaerense. Esta tarea se relacionó a la acción cultural extranjera y es repetida a lo largo de décadas detrás del supuesto de que las instituciones (la constitución liberal del año 1853, por ejemplo) “están antes que el país”. O sea, el derecho a la “libertad de prensa” de un particular estaría por sobre los derechos colectivos de los habitantes y las instituciones de la nación. A partir de aquí, que los planteos que cuestionaron el orden político liberal o el funcionamiento de la prensa extranjera, fueron acusados de “barbarie” o de “autoritarios” por las corrientes de pensamiento liberal. La civilización, sería el orden liberal impuesto a través de las normas de la Constitución del año 1853 y la barbarie, cristalizó en los caudillos y las poblaciones del interior que se opusieron a ese modelo. Este planteo sostuvo que las poblaciones de nuestro país eran atrasadas, carentes de cultura e incapaces de cumplir con los designios de las instituciones liberales y dichas nociones fueron incluidas y difundidas por la prensa (6). A partir de aquí, que varios de los intentos del Estado de regular la prensa fueron definidos como “autoritarismo” y como una “violación” de los derechos liberales y las libertades cívicas. Este equívoco haría y hace en la actualidad, un daño inconmensurable al país y a los valores, tradiciones y demás elementos de la cultura nacional.
El desarrollo de la gran prensa escrita luego de Caseros o la aparición de la radio en la década de 1920, nacieron a la sombra de esta concepción y es a partir de aquí, que tendrían acceso privilegiadamente los sectores vinculados a la oligarquía terrateniente. Ante este fenómeno, el Estado no implementó una reglamentación adecuada de las comunicaciones. Por mucho tiempo, el Estado no estableció el funcionamiento de la prensa y la radio, que quedaron sujetas a los artículos mencionados de la constitución nacional del año 1853. El liberalismo de la constitución del año 1853 y el supuesto de que el Estado no debe reglamentar la prensa y casi sin excepciones, funcionó hasta la llegada e implementación de la ley 14.241. Esta última, fue la primera experiencia concreta de implementar una Política Nacional de Comunicación en Argentina en el marco de un gobierno democrático.

Descarga el texto completo

domingo, 11 de mayo de 2008

Reflexiones sobre la Reforma Universitaria del año 1918: 7 hipótesis para el análisis


Aritz Recalde
Febrero de 2008

Propósitos
Presento al lector en las páginas que siguen algunas reflexiones en torno a la Reforma Universitaria del año 1918, respecto a su trascendencia histórica y a las posibilidades de tornarse un texto vigente y eficaz en los debates la actualidad. Me referiré, entonces, a los alcances concretos de las formulaciones introducidas en el “Manifiesto Liminar” a través de 5 ejes temáticos y 7 hipótesis donde se expresan brevemente las cuestiones más relevantes para interpretar los alcances, los mitos y las realidades de este documento en el funcionamiento concreto de las Universidades argentinas. Estimo que este debate se torna imperioso en las circunstancias actuales donde, lamentablemente, algunos sectores universitarios, alumnos, docentes, no docentes o graduados, al momento de discutir los alcances de la Reforma Universitaria, no consideran la centralidad que revisten las transformaciones políticas, económicas, sociales y culturales que ha experimentado nuestro país y Latinoamérica del año ´18 a esta parte y por consiguiente, se arman de frases inconexas y descontextualizadas de sus ámbitos de producción y acción específicos. A 90 años de la Reforma, como asimismo, a 96 años de la Ley Sáenz Peña, es necesario poner en tela de juicio la vigencia del Manifiesto para las necesidades y las particularidades del presente. Estas cuestiones de historia y de actualidad, entonces, guiarán las formulaciones que siguen conjuntamente con el análisis de las propuestas de la Federación Universitaria cordobesa del año 18 y las derivaciones que inconsistentemente se hacen de las mismas en la actualidad.

Descarga el artículo completo

Aritz Recalde: “El peronismo tiene que darle un nuevo mito movilizador a la militancia"

  Entrevista de JUAN BORGES para la Agencia Paco Urondo   14 Marzo 2024   AGENCIA PACO URONDO: ¿Cómo ve al peronismo actualmente? AR...