lunes, 17 de febrero de 2014

El acuerdo de precios del año 1973

Aritz Recalde, febrero de 2014

El gobierno nacional está implementando el programa Precios Cuidados[1].
Entre los antecedentes relevantes de ésta política, no puede dejar de mencionarse el Pacto Social del año 1973. La iniciativa la impulsó el peronismo durante su tercer mandato y el acuerdo incluyó, entre otras cuestiones, el congelamiento de precios y de salarios. Resultante de éste acuerdo, el porcentaje de participación de los asalariados en el ingreso nacional, pasó del 36,1% al 50%.
El Pacto Social del año 1973, se formuló como consecuencia de negociaciones y de alianzas previas, que incluyeron a los principales actores económicos y políticos del país. Con la finalidad de avalar la iniciativa de concertación política, Perón impulsó con anterioridad a la asunción de Héctor Campora:
-          Un acuerdo con los principales PARTIDOS DE OPOSICIÓN. Se alcanzó en el año 1970 un compromiso con Ricardo Balbin y la UCR (Hora del Pueblo). La UCR abandonó su posición golpista propia del año 1955 y generó condiciones de sustentabilidad del Pacto Social.
-      Un frente amplio y plural de gobierno. El FREJULI contuvo al justicialismo, pero además, sumó a la Democracia Cristiana, a la izquierda nacional, al Partido Conservador Popular y a un grupo de desarrollistas, entre otros.
-     Un pacto entre SINDICATOS y EMPRESARIOS. José Ignacio Rucci y José Ber Gelbard firmaron el “Programa Conjunto de la CGT y de la CGE” en el año 1972.

Resultante de los diálogos entre Rucci y Gelbard, se redactó el documento de “Coincidencias programáticas del Plenario de Organizaciones Sociales y Partidos Políticos”. Adhirieron al documento en diciembre de 1972, buena parte del espectro político y partidario, quedando por fuera la Nueva Fuerza (Álvaro Alsogaray), la Alianza Popular Federalista (Manrique), la Alianza Republicana Federal (Lanusse) y el Partido Comunista, entre otros.
En mayo de 1973 se rubricó el acuerdo por intermedio del “Acta de Compromiso Nacional”, que fue firmada por la CGT, la CGE y la Federación Agraria Argentina. Inicialmente, el Acta obtuvo el consentimiento de la Unión Industrial Argentina y de la Sociedad Rural Argentina. Luego se sumaron otros actores económicos como la Cámara Argentina de Comercio
En agosto del mismo año, se firmó con las provincias el “Acta de compromiso del Estado”.

Al acuerdo entre actores sociales, económicos y políticos, Perón le sumó la capacidad punitiva del Estado. El proyecto nacional sancionó la Ley de Abastecimiento 20.680/74[2], creó comisiones sectoriales de precios y salarios y motorizó un importante paquete de medidas de regulación de la industria nacional, de las empresas extranjeras y del comercio exterior.

El Pacto Social encontró cuatro grandes dificultades:  
1.     Sectores del capital concentrado impulsaron el desabastecimiento y la suba de precios.
2.     El asesinato de Rucci eliminó un articulador central.
3.   Las oposiciones políticas dentro del peronismo y las provenientes de la ultraizquierda y de la derecha, generaron un marco de inestabilidad permanente.
4. Aumentaron los precios del petróleo y el Mercado Común Europeo bloqueó las exportaciones argentinas[3].

Muerto Perón, el nuevo gabinete abandonó el programa de Gelbard para aplicar recetas de corte liberal. Isabel convocó a Alfredo Gómez Morales y luego a Celestino Rodrigo, que terminaron con la concertación entre la empresa nacional, los partidos políticos y el peronismo[4].

¿Qué continuidades y qué diferencias existen entre 1973 y la actualidad?
Entre las continuidades, es innegable que los empresarios concentrados, de manera similar a 1973, inducen los aumentos de precios, la fuga de capitales o la especulación con el dólar.

Entre las diferencias existentes del Pacto Social y el programa Precios Cuidados, resaltan las siguientes:
-        El Pacto Social se originó por fuera del Estado y surgió desde las Organizaciones Libres del Pueblo. Precios Cuidados es una iniciativa gubernamental.
-        El Pacto Social acordó un programa de desarrollo nacional ambicioso y global, que excedió el mero objetivo de cuidar los precios. El paso siguiente y complementario del Pacto, fue la sanción del Plan Trienal (1974).
-        Al programa Precios Cuidados, no lo acompañan los partidos políticos de la oposición. La oposición actual no conoce la Hora del Pueblo y apuesta a la desestabilización para alcanzar el poder en 2015.
-         El proceso político actual mantiene una relación distante con la CGT, que no está cumpliendo un rol importante, ni en la planificación, ni en la aplicación del control de precios
-          El empresariado actual es, en buena medida, oligopólico y extranjero. Gelbard representó a un sector del empresariado que perdió peso relativo y capacidad de negociación.

La garantía del programa Precios Cuidados no es la CGT y tampoco la CGE. La imagen de Rucci protegiendo con un paraguas a Perón, es emblemática de rol que ocupó el movimiento obrero organizado frente al Pacto Social. El programa Precios Cuidados no tiene en el centro de la estrategia a la poderosa central sindical, sino que se convocó a los sectores medios. La CGT no es el paraguas del acuerdo de precios: ese lugar lo ocuparon los celulares de tecnología Android.

El enemigo es el mismo y lo que se modificó considerablemente, es el frente político, económico y social para enfrentarlo.




[2] http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/58603/texact.htm
[3] La economía mundial dificultó la aplicación del Pacto Social. El aumento de los precios del petróleo modificó los costos de importaciones de energía, que pasaron de 3,1 % en octubre de 1973 al 15 % en 1974 sobre el total de las importaciones.
[4] A partir de la llegada de ambos, ingresó Ricardo Zinn quien se desempeñaba como ejecutivo de Sasetru y del grupo Macri. Con Zinn desembarcaron asesores como Pedro Pou, artificies de las reformas neoliberales en la Argentina. Completa el cuadro, el acuerdo que impulsó López Rega con el Consejo Empresario Argentino  presidido por Martínez de Hoz. 

lunes, 3 de febrero de 2014

Wilde y la autonomía universitaria

Aritz Recalde, enero de 2014 [1]

 A lo largo de la historia del sistema universitario, se debatió en diversos ámbitos cuáles son los alcances y las obligaciones de las universidades frente al resto del Estado y al conjunto social. En este marco, algunos intelectuales y miembros académicos, sostuvieron que se debe dotar a la institución de mayor autonomía. Por el contrario, otros actores mencionan que los representantes de la democracia de masas, tienen una legitimidad de origen para planificar las acciones universitarias[2].
Uno de los más lucidos expositores de la doctrina que promueve la intervención del Estado en la planificación universitaria, fue el Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública del gobierno de Julio A. Roca, Eduardo Wilde[3]. El Ministro exteriorizó sus opiniones en el marco del debate de la ley universitaria sancionada en 1.885[4].
Wilde mencionó que existe una tendencia generalizada a que las “corporaciones” (universidades) ejecuten sus actos en base a los intereses de sus propios miembros, desconociendo las funciones y los objetivos establecidos en su creación. El Ministro sostuvo que las “corporaciones son muy irresponsables” y que actúan bajo la sujeción de intereses particulares (Debate Parlamentario 1959: 102).
Sobre este presupuesto, promovió una mayor regulación del Estado con la finalidad de que permita direccionar las acciones y los recursos universitarios.
Uno de los aspectos que mencionó, fue el de la modalidad de designación de los docentes. Wilde era Contrario al sistema de concursos y mencionó que dicha fórmula no era garantía alguna de excelencia académica. Por el contrario, sostiene que “la garantía que se busca en el concurso es una garantía falaz” que da lugar a que lleguen “nunca los más competentes, repito: son siempre los más audaces” (Debate Parlamentario 1959: 103).  Para sostener su argumento frente a los otros legisladores, indicó dos aspectos:
a-    El autor estableció que en su origen la UBA copió el modelo de Francia. Afirmó que dicho país desde 1852, derogó los concursos que tenían como función nombrar profesores titulares. Con una cuota de ironía, sostuvo que durante Napoleón existió la “formalidad” de los concursos, pero que en la realidad, el emperador “Hacía ver a los miembros del Jurado para que nombraran al candidato que él quería, es decir, Napoleón tenía indirectamente el nombramiento de los catedráticos” (Debate parlamentario 1959: 122).
b-    Por otro lado, sostuvo que la “generalidad de los jueces (jurados) es incompetente”, ya que nació de un compromiso previo de los miembros del jurado con el aspirante y “se presenta con grandes formas, con gran aparato, una cosa que con unas palabras se destruye, diciendo que ese nombramiento no es el de un jurado independiente, que reúna las condiciones necesarias de competencia, sino un nombramiento debido a un caucus, a un complot” (Debate Parlamentario 1959: 110 y 130).

Las tendencias corporativas propias de la universidad, contrastaban con un hecho fundamental que era la dependencia presupuestaria de la institución. Sostuvo Wilde que “nuestras universidades no pueden vivir por sí solas: es un hecho. Viven del poder público (…) No tienen fondos propios. Por consiguiente, no se puede todavía invocar su independencia” (Debate Parlamentario 1959: 182). Queda claro para el autor, que no hay autonomía universitaria posible con el resto del Estado, sin antes alcanzar financiamiento propio.
Tal cual se lee, para Wilde la universidad era corporativa y tomaba sus decisiones atendiendo el interés de sus propios miembros. ¿Cómo solucionar éste problema?. El autor propone reorganizar las potestades de control del Estado, sobre el funcionamiento de las casas de altos estudios[5].
El Poder Ejecutivo nacional tenía que intervenir en la designación de los docentes[6], atendiendo el hecho de que cumplía un mandato popular “que tiene la vista de la República sobre él”  (Debate Parlamentario 1959: 129). El Poder Ejecutivo, a diferencia de los universitarios, alcanzaba su cargo por elección popular y rendía cuentas de sus acciones, cuestión que lo conducía a ser más prudente al momento de sus actos.
En el terreno financiero, el Estado nacional tenía que vigilar y poner límites[7] a las Facultades “controlándolas en sus ambiciones legítimas, pero quizás también exageradas” (Debate Parlamentario 1959: 184). 
Finalmente, Wilde sostiene que el Estado nacional tiene el monopolio de la emisión de títulos, cuestión que sumada a la erogación financiera, consolidan una dependencia estrecha de la universidad con el Congreso y con el Poder Ejecutivo.




[1] El texto es un apartado del Proyecto de Doctorado en Comunicación de Aritz Recalde.
[2] Pese a que la universidad pública es una dependencia del Estado, existe una tendencia a ubicarla por fuera. Se habla por eso de “universidad” y de “Estado” como dos lugares distintos. Éste último, representaría al conjunto de instituciones estatales por fuera de las universidades.
[3] Eduardo Wilde (1.844-1.913) fue uno de los promotores de la ley educativa número 1420 de 1884. Obtuvo el título de médico y se desempeñó como docente de la UBA. 
[4] En el año 1.881 por decreto del Poder Ejecutivo Nacional se formó una Comisión para proyectar los Estatutos y el Plan de Estudios de la UBA. La integraron Nicolás Avellaneda, Juan B. Alberdi, Vicente Quesada, D. de Peralta y Eduardo Wilde. El proyecto de Estatuto se elevó al Congreso de La Nación, quién no emitió pronunciamiento. Atendiendo la ausencia de regulación, Nicolás Avellaneda presentó el proyecto de ley universitaria que regularía el funcionamiento de la UBA y Córdoba (Debates parlamentarios 1959).
[5] En el marco del debate de la ley, Wilde resaltó que el Poder Ejecutivo Nacional nombraba los docentes y que el Congreso nacional aprobaba los Estatutos y los Planes de Estudio. El autor propuso que los Estatutos sean elevados al Poder Ejecutivo (así fue redactada la ley). Finalmente, la norma no mencionó la intervención del Congreso en la aprobación de Planes de Estudio.   
[6] La ley 1.597 de 1885 en su artículo 1.6. sostuvo que “la Facultad respectiva votará una terna de candidatos que será pasada al Consejo Superior, y si este la aprobase será elevada al Poder Ejecutivo quien designara de ella el profesor que deba ocupar la cátedra”.
[7] La ley 1597 de 1887 en el artículo 1.3) obligó a que los derechos universitarios tengan la “aprobación del Ministerio de Instrucción Pública”.

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