jueves, 24 de junio de 2010

Indigenismo y soberanía en la Constitución de Bolivia.




Aritz Recalde - junio 2010




Desde la asunción presidencial de Evo Morales Bolivia esta iniciando un proceso de formación y de fortalecimiento de un programa de desarrollo nacional endógeno con fuerte presencia del Estado y de las organizaciones campesinas en la toma de decisiones. La gestión de gobierno se plantea reformular el modelo de desarrollo interno y además y cuestión central, contempla una modificación de su política exterior del país. Dicha modificación de las políticas de Estado es acompañada con una reforma Constitucional, que como veremos, traduce en una nueva arquitectura institucional la búsqueda de afianzar las bases de un proyecto de desarrollo nacional autónomo boliviano. Los ejes principales del texto constitucional pueden resumirse en los 5 aspectos que vamos a mencionar a continuación.

DERECHOS A LA AUTODETERMINACIÓN INDÍGENA. La Constitución consagra el derecho genuino e impostergable a la participación de los pueblos originarios en el gobierno del país. En este marco, el texto se refiere al derecho a la identidad de las comunidades. Como punto de partida y en el artículo 1º, la constitución establece que Bolivia se constituye en un “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías”. Su condición de “Plurinacional Comunitario” implica tal cual lo expresa el artículo 2º, “la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales.” El intento de cimentar un Estado sobre “principios ético-morales de la sociedad plural” o de “constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales”, forma parte de los objetivos del nuevo Estado expresados en su texto constitucional.
A lo largo de la Constitución se realiza una mención especial a los derechos de las comunidades originarias. La norma establece un Capítulo Cuarto (“Derechos de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos”) que conjuntamente con el Capítulo Séptimo (“Autonomía Indígena Originaria Campesina”) establecen el esquema de gobierno, que de ahora en adelante, dispondrán las comunidades originarias del país. La norma introduce el derecho a la identidad de los pueblos originarios y reconoce su derecho a profesar su religión y a mantener su e idioma. El texto menciona la existencia de 36 naciones con sus respectivos idiomas. La constitución obliga al Gobierno plurinacional, a los gobiernos departamentales y a las comunidades autónomas a que utilicen al menos dos idiomas oficiales, uno de ellos, el castellano. En el caso de las comunidades autónomas mencionadas, el idioma principal será el propio de sus colectividades. La norma hace referencia al derecho al ejercicio de la Medicina tradicional y la Educación.
La constitución introduce ámbitos de Participación Política para los pueblos originarios y tal cual afirma el artículo 297 “El gobierno de los territorios indígena originario campesinos se ejercerá a través de sus propias normas y formas de organización, con la denominación que corresponda a cada pueblo, nación o comunidad”. Estas cuestiones son ampliadas en el capítulo sobre la Autonomía Indígena Originaria Campesina que establece las facultades para el ejercicio al autogobierno de acuerdo a sus propias normas (Art. 290). El texto otorga a los pueblos el derecho la participación política en las instituciones del Estado y por ejemplo, las comunidades indígenas y según lo establece el Artículo 149, tienen una representación proporcional en la Asamblea Legislativa Plurinacional. La Constitución establece la participación de indígenas originarios en los Concejos Departamentales y en los Concejos Municipales. La norma introduce derechos de los pueblos originarios a la participación en los beneficios de la explotación de los recursos naturales y se hace mención especial al derecho a la producción de Coca y al acceso a la tierra

DEFENSA DEL PATRIMONIO NACIONAL Y PÚBLICO. El texto introduce diversos artículos que limitan la ingerencia extranjera en los asuntos nacionales y crea instrumentos y políticas de Estado para la defensa de la Infraestructura estatal, de los servicios de salud y de la cultura del país. En este marco el Artículo 320 establece que “El Estado es independiente en todas las decisiones de política económica interna, y no aceptará imposiciones ni condicionamientos sobre esta política por parte de estados, bancos o instituciones financieras bolivianas o extranjeras, entidades multilaterales ni empresas transnacionales”. La norma introduce cláusulas de defensa del Capital nacional y de promoción del mercado interno para Bolivia. Con esta finalidad el Artículo 349 establece que “Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo.” La constitución se refiere especialmente a la administración pública de los hidrocarburos, de la Minería y Metalurgia, de los Recursos hídricos y del Mercado de tierras.
La norma creó la Procuraduría General del Estado en Bolivia.
El texto en el artículo 10, inciso III prohíbe la instalación de bases militares extranjeras en territorio boliviano y hace mención explicita a que no podrán acceder a cargos públicos electivos aquellas personas que “hayan ocupado cargos directivos en empresas extranjeras transnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado, y no hayan renunciado al menos cinco años antes al día de la elección” (Artículo 239).
Un tema importante para la historia del país que se menciona en la Constitución es la Reivindicación marítima (artículo 268).

DEMOCRACIA. La constitución amplió los derechos de los bolivianos a participar en la vida política y en la distribución de la renta de su país. En este marco, el Artículo 11 establece que “El Estado adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres”. Con dicho objetivo se establece una nueva clasificación de las formas de la democracia que supera el esquema clásico liberal y en donde el término “democracia” es sinónimo de participación electoral. El texto implementa la palabra democracia “Directa y participativa” y la Constitución incluye los mecanismos de referendo, de iniciativa legislativa ciudadana, de revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa, entre otros.
Modificando la noción del derecho liberal la constitución amplia los derechos sociales. Con dicha finalidad menciona los “Derechos Fundamentalísimos” como es la igualdad de género, el derecho al agua y los servicios públicos (Art. 16 y 20); a la alimentación garantizada por el Estado (Artículo 16. La “Soberanía alimentaría” aparece mencionada en el Art. 256 Inc. II. 8); a la educación (Art. 17); a la salud (Art. 18) y a la vivienda digna (Art. 19). La norma en el Capítulo Tercero introduce los “Derechos civiles y políticos” a través de una extensa lista de derechos civiles y de garantías individuales. El Capítulo quinto contiene los Derechos Sociales y Económicos se menciona el Derecho al Medio Ambiente; el Derecho a la Salud y a la Seguridad Social; el Derecho al trabajo y al empleo; el Derecho a la propiedad; el Derecho de la niñez, adolescencia y juventud; los Derechos de las familias; los Derechos de las personas adultas mayores o los Derechos de las personas con discapacidad, entre otros. La norma se refiere a los Derechos de las personas privadas de libertad; a los Derechos de los usuarios y de los consumidores y al Derecho a la Educación, interculturalidad y derechos culturales.
En este marco, se introducen las “Acciones de Defensa” (Acción de Libertad, “Acción de Amparo Constitucional, Acción de Protección de Privacidad, Acción de Inconstitucionalidad, Acción de Cumplimiento y la Acción Popular). La Constitución introduce la Defensoría del Pueblo.

INTEGRACIÓN GEOPOLÍTICA. Toda perspectiva de integración geopolítica debe contemplar un aspecto negativo y otro positivo. En relación al primero, es importante remarcar que Bolivia rechaza y condena toda forma de dictadura, colonialismo, neocolonialismo e imperialismo (Art. 256). Sobre el aspecto positivo, la Constitución introduce un apartado denominado Integración que establece en el artículo 266 que “El Estado promoverá, sobre los principios de una relación justa, equitativa y con reconocimiento de las asimetrías, las relaciones de integración social, política, cultural y económica con los demás estados, naciones y pueblos del mundo y, en particular, promoverá la integración latinoamericana”. En relación a este último anhelo, el artículo 144 inciso III, sostiene que el tiempo de residencia para la obtención de la ciudadanía podrá ser modificado cuando existan, a título de reciprocidad, convenios con otros estados, prioritariamente latinoamericanos.

ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PARA EL DESARROLLO NACIONAL. La revolución boliviana está desarrollando una nueva institucionalidad con la finalidad de recuperar los recursos de la nación. En este marco, se propuso un nuevo modelo de Estado. El punto de partida y según lo establece el Artículo 313 “Toda actividad económica debe contribuir al fortalecimiento de la soberanía económica del país. No se permitirá la acumulación privada de poder económico en grado tal que ponga en peligro la soberanía económica del Estado.” Con dicha finalidad el proyecto de Constitución sostiene que el Estado ejercerá la dirección integral del desarrollo económico y sus procesos de planificación, pudiendo intervenir en toda la cadena productiva de los sectores estratégicos. Con dicho objetivo podrá administrar los recursos naturales favoreciendo “La industrialización de los recursos naturales para superar la dependencia de la exportación de materias primas y lograr una economía de base productiva, en el marco del desarrollo sostenible, en armonía con la naturaleza” (cuestión mencionada también en el artículo 319). En una extremada síntesis y según lo expone el artículo 316, la función del Estado en la economía se asentará en:
- la conducción de la planificación económica y social, con participación y consulta;
- la regulación de los procesos de producción, distribución, comercialización y consumo de bienes y servicios;
- el ejercicio de la dirección y el control de los sectores estratégicos de la economía pudiendo participar en la economía mediante la producción directa de bienes y servicios económicos y sociales.
- favorecer prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables elaborando políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos del país. Para cumplir esta y otras funciones, el Estado estará facultado para conservar el monopolio estatal de las actividades productivas y comerciales estratégicas.

En relación a dicha función, la Constitución señala que el Estado es el responsable de conducir la política energética (Art. 378), los recursos forestales (Art. 386), la Amazonia (Art. 391) la Tierra y el Territorio (Art.393 a 403) y tendrá entre sus objetivos, el alcance de un Desarrollo Rural Integral Sustentable (Art. 404 a 408). Anteriormente, mencionamos el artículo 361 que establece la existencia de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).

jueves, 17 de junio de 2010

La Constitución de Venezuela: del nacionalismo revolucionario al socialismo


Aritz Recalde

Mayo 2010

En el texto vamos a referirnos de manera resumida a los lineamientos generales del contenido de la Constitución de la Republica Bolivariana Venezuela sancionada en el año 1999 y haremos mención a un conjunto de aspectos del fracasado intento de reforma constitucional del año 2007. Venezuela tiene una Constitución que es un producto de la revolución y que expresa el proceso de cambio político, económico, social y cultural iniciado tras la figura de su presidente, Hugo Chávez Frías. La importancia de la diversidad cultural, la defensa del ambiente, la justicia social o la integración del continente latinoamericano son parte de los fines de la revolución y se expresan en el preámbulo de la Constitución que establece que “El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad” . Dichos fines fundacionales del Estado encuentran un esquema institucional acorde a los nuevos objetivos de la comunidad nacional. En este sentido y a modo de síntesis, el texto constitucional introduce:
1- Una nueva NOCIÓN DE LA PROPIEDAD, TENENCIA Y USO DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS Y NATURALES que son articulados en un plan estratégico de desarrollo nacional, sometiendo el interés particular al interés público y social. Con esta finalidad el Artículo 302 sostiene que “El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo. El Artículo 311 establece que (…) “El ingreso que se genere por la explotación de la riqueza del subsuelo y los minerales, en general, propenderá a financiar la inversión real productiva, la educación y la salud.” En esta línea el Artículo 301 sostiene que “El Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a empresas y organismos o personas extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales”. Respecto a la soberanía territorial se establece en el “Artículo 13 que (…) “El territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional. El espacio geográfico venezolano es una zona de paz. No se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones que tengan de alguna manera propósitos militares, por parte de ninguna potencia o coalición de potencias”. De la mano de dicha concepción, se observa que los recursos naturales, el uso del suelo o el planeamiento del comercio exterior quedan estrechamente ligados al Estado, que abandona la visión liberal de Estado “gendarme” y desarrolla una condición empresaria. A partir de estos principios, se promueve la creación de modelos alternativos de desarrollo económico, social, comunitario y auto gestionados.
2- Un pasaje de la noción de “derecho liberal” a una CONCEPCIÓN DE DERECHO SOCIAL, en la cual se establece la obligación del Estado de contribuir al acceso a la vivienda, la salud, el trabajo, el deporte y la cultura a todos los habitantes del país, sin distinción social. En este marco se promueve la protección del trabajador y el Artículo 89 establece que “El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. (…) Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos. (…) Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada norma se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad. Toda medida o acto del patrono contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno”.
3- Vinculado a este último punto, se produce una modificación de las PAUTAS CULTURALES DEL ESTADO, promoviendo la identidad del nuevo grupo social hegemónico y favoreciendo el multiculturalismo y la consolidación del ser nacional. Con este fin, los pueblos indígenas o la figura de Simón Bolívar son presentados dos pilares del programa del renovado nacionalismo venezolano. Se reconoce a las poblaciones indígenas el derecho a la identidad en el Artículo 121 que establece que “Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, los cuales tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe, atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones”.
4- Una modificación al esquema de PARTICIPACIÓN POLÍTICA propia del liberalismo creando nuevas herramientas para el ejercicio popular del gobierno. Con este fin la constitución desarrolla ampliamente las instituciones de democracia semidirecta, amplia las facultades y poderes municipales, e introduce nuevos e innovadores instrumentos como es la revocatoria de mandato de funcionarios públicos. La CN reconoce diferentes instancias para la toma de decisiones tal cual de menciona en el Artículo 70 que sostiene que “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.”
5- Una nueva POLÍTICA INTERNACIONAL que promueve entre los fines del Estado la lucha antiimperialista y anticolonial, privilegiando la unidad latinoamericana. El espíritu latinoamericanista de la Constitución de Venezuela está expresado en su preámbulo que establece entre los fines de la nación que se (…) “Promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad”.
6- Una renovada concepción de la CUESTIÓN DE GÉNERO. En el articulado de la Constitución se nombra al “ellas” conjuntamente al “ellos” en cada una de las competencias y funciones establecidas.


La propuesta de reforma constitucional fracasada del año 2007 modificó varios artículos del texto del año 1999 atendiendo la decisión política de la revolución de alcanzar el socialismo bolivariano o también llamado del siglo XXI. Los puntos principales se resumen en lo siguiente:

1- NUEVA ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL.
El artículo 11 introduce la noción de Regiones Estratégicas de Defensa creadas por decreto del presidente con la finalidad de garantiza la “soberanía, la seguridad y defensa” del territorio nacional. En esta línea, el apartado II cambió de nombre y se denominó “De la geometría del poder” e introdujo una nueva división del territorio del país. El artículo establece una mención especial a la organización municipal, a la ciudad , a las comunas o los distritos funcionales. Dichos ámbitos serían expresión de nuevas formas de organización socialista y oficiarían como estructuras políticas articuladas con el gobierno nacional. Sobre el gobierno local comunal se ejercitaría la democracia directa y las diferentes formas de autogobierno popular de cara al nuevo Estado socialista. En dicho texto aparece la noción de regiones marítimas y de distritos insulares que tienen como objetivo la toma de posesión efectiva y la implementación de una nueva organización política sobre dichos territorios por parte de la revolución.
El Estado se reserva la explotación y comercialización de los hidrocarburos líquidos, sólidos, y gaseosos y amplia sus competencias en este ramo (Art. 302). Las empresas de explotación petrolera estatales no pueden ser privatizadas ni total, ni parcialmente (Art. 303). La propuesta introduce la “seguridad y soberanía alimentaría” como meta del Estado y con este fin abre la posibilidad de asumir áreas económicas o de transferir actividades a organizaciones sociales o cooperativas (Art. 305).

Municipios
El modelo de socialismo bolivariano contempló la participación política activa de los miembros de la comunidad a través de su vinculación con las estructuras institucionales locales. Con este fin, ya mencionamos la aparición de los consejos comunales o las ciudades. La propuesta de reforma introdujo algunas propuestas innovadoras a nivel municipal. Por ejemplo, la constitución fijó criterios para la descentralización de recursos (Art. 167). Además, los municipios dejan de ser conceptualizados como la “unidad política primaria de la organización nacional”, dando paso a la obligatoriedad de reconocer la participación de los Consejos de Poder popular y los medios de producción socialista como núcleos del ordenamiento político. El municipio y según lo establece el artículo 184, puede descentralizar servicios a los entes de Poder popular. El Consejo Comunal es el órgano ejecutor de las decisiones de las Asambleas de Ciudadanos.

2- AMPLIACIÓN DE LOS MECANISMOS INSTITUCIONALES PARA EL EJERCICIO DE LA DEMOCRACIA.
“El estado promoverá como política nacional, la participación protagónica del pueblo, restituyéndole el poder y creando las mejores condiciones para la construcción de la Democracia Socialista”. Art. 158 de la propuesta de reforma.

La propuesta contempló la reducción de la edad de los electores a dieciséis años. El Estado adquirió facultades para financiar las actividades electorales y para regular el financiamiento privado, incluyendo la declaración de la prohibición de desarrollar la actividad partidaria con recursos provenientes del extranjero. El nuevo artículo 70 amplió los mecanismos de participación política del pueblo para la “construcción del socialismo” a través de nuevas figuras del Consejo del Poder Popular y los distintos Consejos (comunales, de trabajadores, estudiantiles, etc.-). La norma menciona las cooperativas de propiedad comunal. Este artículo contempla las formas comunales, cooperativas o sociales para la gestión de la propiedad.
Se amplió el piso electoral para implementar las figuras de referendo, la revocatoria o las enmiendas constitucionales. El artículo 141 introdujo la figura de las “misiones” entre los mecanismos “excepcionales e incluso experimentales” que puede desenvolver la Administración Pública. Con este artículo se reconoció la experiencia concreta que viene desarrollando el gobierno desde el año 2003 .
La propuesta planteó la posibilidad de reelección del presidente cuyo mandato se prolongó a siete años (Art. 230). El poder ejecutivo estaba facultado para “ejercer la iniciativa constitucional y constituyente” (Art. 236).
3- AMPLIACIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES.
El texto introduce modificaciones al derecho a la vivienda (Art. 82).
La ley amplió los derechos laborales e introdujo la figura de un Fondo de Estabilidad Social para Trabajadores por Cuenta Propia, cuya finalidad es que dicho universo de personas acceda a los derechos sociales. Una de las cuestiones más novedosas de la propuesta se refirió a la modificación de la jornada laboral, que según figura en el artículo 90 “no excederá la jornada de trabajo diurna de seis horas diarias o de treinta y seis horas semanales”.
4- CULTURA.
La norma introduce a lo largo del texto diversas menciones a la importancia estratégica de consolidar la nueva identidad socialista. Asimismo, se reivindican los valores e imaginarios “bolivarianos”. En esta línea y por ejemplo, se distinguió a Caracas como “Cuna de Simón Bolívar” (Art. 18). El artículo 103 establece entre los objetivos de la educación promover los principios humanísticos del “socialismo bolivariano”. Asimismo, se denomina a los militares como “Fuerza Armada Bolivariana” (Art. 236). La propuesta se refiere particularmente a la importancia de promover la diversidad cultural (Art. 98 y 100) reivindicando las raíces indígenas, afrodescendientes o los valores de la “Gran Nación Suramericana”.
La propuesta refuerza la idea de autonomía universitaria y menciona el derecho al gobierno de las casas de altos estudios por intermedio del “voto paritario” de los miembros de la comunidad educativa. El proyecto menciona el derecho a ocupar los cargos docentes por intermedio de concursos.
5- LA ECONOMÍA SOCIALISTA.
“La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de empresas o entidades regionales, para la promoción y realización de actividades económicas o sociales bajo principios de la economía socialista, estableciendo los mecanismos de control fiscalización que aseguren la transparencia en el manejo de los recursos públicos que en ellas se inviertan, y su razonable productividad económica y social”. Art. 300 del proyecto de reforma.
Uno de los nudos de la propuesta se relacionó con la introducción de menciones a nuevas figuras de propiedad de cara al objetivo socialista del Estado. Los intereses individuales deben dejar lugar a los intereses comunes y los valores humanísticos de la cooperación. El Estado fomenta con dicha finalidad, distintas “formas de empresas y unidades económicas de propiedad social” para promover la construcción colectiva y cooperativa de una economía socialista (Art. 112). Esta propuesta se amplió en los artículos 299 y 300. El artículo 115 introduce diversas formas de propiedad: pública (Estado); social indirecta (Estado a nombre del pueblo); social directa (comunal o ciudadana); colectiva (social o privada); propiedad mixta (articulación de formas publica, sociales o colectivas); y privada.
El sistema monetario propende entre sus fines alcanzar los logros del “Estado socialista” (Art. 318 o 321). El Banco Central de Venezuela es definido como una persona de derecho público sin autonomía para el ejercicio de sus competencias (Art. 318).
6- VENEZUELA EN EL MUNDO.
La propuesta declara el Servicio Exterior como actividad estratégica de Estado y define la política exterior del país sobre los principios de un mundo multipolar y un programa anticolonialista (Art. 152).
El artículo 153 promueve la Confederación y la Unión de América Latina y el Caribe o “un solo proyecto Grannacional, al que Bolívar llamó Una Nación de Repúblicas”.
7- FUERZAS ARMADAS.
El proyecto denominó al cuerpo de militares como “Fuerza Armada Bolivariana”. La propuesta definió a las Fuerzas como “cuerpo esencialmente patriótico, popular y antiimperialista”. A diferencia del viejo articulado que decía que los militares son una institución profesional sin “militancia política”, se estableció que no “tendrán militancia partidista” y su función esta al servicio del pueblo y nunca de “oligarquía alguna o poder imperial extranjero” (Art. 328). Están facultadas para actuar ante un ataque externo y además, coopera en actividades de orden interno y seguridad ciudadana (Art. 328). La Fuerza Armada incluyó la “Milicia Nacional Bolivariana” (Art. 329).
El proyecto de reforma entre cláusulas transitorias menciona la necesidad de dar prioridad a la sanción de 15 leyes, entre las cuales se privilegia la de Poder Popular y la de Economía Socialista.

Finalmente, la propuesta de reforma constitución no fue sancionada. Pese a esta derrota electoral, sigue vigente en Venezuela el debate sobre la construcción de un modelo de sociedad solidaria y alternativa al capitalismo neoliberal. Dichas discusiones incluyen la organización de un nuevo Estado y la modificación de la Constitución, que quedara sujeta a los tiempos y las posibilidades políticas, sociales, económicas y culturales de las organizaciones libres del pueblo.

domingo, 6 de junio de 2010

LOS INTERESES RADICALES Y EL PRESUPUESTO UNIVERSITARIO


Aritz Recalde, junio 2010


La UCR y pese a ser minoritaria en el plano electoral, mantiene un extraño manejo de la política universitaria en el país. El último gobierno nacional de la UCR implementó un ajuste del 13 % a los empleados públicos y a las universidades, sancionó el corralito, implementó la flexibilización laboral, firmó el escandaloso y oneroso megacanje y recortó los salarios a los jubilados, entre otras acciones. Dichas maniobras le valieron la salida en helicóptero a De La Rua que antes de irse asesino a 27 argentinos. En varios casos y pese a su calamitosa salida del poder, siguen controlando las universidades y lo hacen por intermedio de sus rectores, decanos o agrupaciones y además y cuestión central, manejan importantes resortes del Estado como es la Secretaria de Política Universitaria (SPU). Asimismo, se puede observar que radicales como Julio Cobos son líderes de la oposición o como las agrupaciones Franja Morada apoyan públicamente a los grupos concentrados del campo y a los antagonistas al proyecto nacional. Pese a esto y como veremos, los radicales siguen teniendo poder para incidir en la distribución de presupuesto universitario y para manejar programas del Estado del ministerio.
El conflicto político entre Cristina Kirchner y los grupos concentrados sojeros agroexportadores puso en evidencia la dificultad del gobierno para avanzar en la implementación del Proyecto Nacional. Una de esas dificultades se relacionó con los intereses directos entre la prensa monopólica de Clarín o La nación y los agronegocios. Con una importante e histórica determinación, el gobierno promovió la ley de Servicios Audiovisuales iniciando un camino hacia la democratización de la prensa. Otro de los frentes de conflicto abiertos se relacionó estrechamente con la deuda social luego de más de 30 años de neoliberalismo. Pese a los logros alcanzados, el gobierno tiene importantes deudas que se toparon con una crisis económica mundial que amenazó con profundizar los problemas en cuestiones de empleo o de pobreza. De manera similar a la audacia con lo realizado con la Ley de Servicios Audiovisuales, el gobierno trasladó un recurso financiero especulativo en manos de grupos concentrados e incluso extranjeros, en una fuerte de riqueza directa que pasó a los más humildes. La nacionalización del sistema de jubilaciones terminó con los negocios financieros y generó las condiciones para lanzar el subsidio universal por hijo a más de 3 millones y medio de niños. Los argentinos dejamos de financiar las hipotecas del primer mundo para solventar el derecho de la juventud del país a la educación, la salud y el futuro.
Otro de los frentes abiertos en el año 2008 provino de sus propias filas y se refiere a la oposición del vicepresidente Julio Cobos al proyecto del poder ejecutivo. En este caso, el gobierno y pese a que lanzó la reforma política y previa audiencia con la oposición, para democratizar y fortalecer el sistema, no consiguió dar por tierra a esta nociva, destructiva e insólita, obstrucción interna a su gestión. Un caso típico de los límites políticos del gobierno es la administración de algunas áreas de la cartera educativa: el radicalismo ésta firme en la administración de la POLÍTICA UNIVERSITARIA. Lo que estamos cuestionando no es solamente un problema de Partidos, sino que y por el contario, consideramos que el drama del gobierno son algunas políticas propulsadas por estos sectores desde la SPU, a partir de la acción de los lobitas y desde el Congreso. Un caso de ello es la distribución del presupuesto universitario 2010 (ley 26.546) que benefició particularmente a algunas casas de altos estudios.
Podemos mencionar y a modo de ejemplo, el contraste entre un conjunto de universidades desfavorecidas por el presupuesto, con otras que son beneficiadas. Entre las primeras, se puede mencionar a la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ) y la de Lanús (UNLa). Entre las beneficiadas que vamos a mencionar están la Universidad Nacional de Litoral (UNL) y la de Salta (UNSa). La Universidad Nacional de Lanus nació en el año 1996 y esta ubicada en un conglomerado urbano con la abultada cifra de 8.684.437 habitantes[1]. La UNLa tiene 8.316 alumnos[2] y dispone de la tasa de crecimiento más alta de las universidades argentinas y llega al índice del 10,08 % en el periodo 2002-06. La relación entre presupuesto y matrícula deja como resultado una inversión aproximada de $ 6.488 por alumno al año[3]. La UNLa tiene en su planta 222 docentes. La relación entre la matrícula y la cantidad de cargos docentes es de 1 docente cada 37alumnos. La Universidad Nacional de Quilmes fue creada en el año 1989 y se encuentra radicada en el ampuloso conurbano bonaerense. Cuenta con un presupuesto de $ 70.363.659 y con una matrícula de 10.794 alumnos. La relación entre presupuesto y alumnos nos da como resultado una inversión de $6.518 pesos. Su personal docente al año 2006 es de 191 miembros lo cual representa 1 docente cada 56 alumnos.
Por otro lado, están las universidades favorecidas por el radicalismo y los grupos minoritarios que enfrentan al proyecto nacional. La Universidad Nacional del Litoral fue creada en el año 1919 y su sede central se ubica en la ciudad de Santa Fe que tiene 369.589 habitantes y cuya provincia alcanza a más de tres millones de personas. La matricula de la UNL al año 2006 asciende a 35.265 alumnos y tiene un crecimiento considerable del 5,3 % interanual. Su presupuesto para el año 2010 es de $ 285.822.413. Esto deja como saldo una inversión por alumno de aproximadamente de $ 8.104. La UNL tiene en su planta 4.753 cargos docentes lo cual da como resultado la existencia aproximada de 1 docente cada 7,41 alumnos. La Universidad Nacional de Salta es parte de una provincia que se compone de aproximadamente 1 millón de habitantes. La UNSa tiene 21.596 alumnos con un bajo crecimiento que ronda el 0,5 % interanual. Su presupuesto para el año 2010 es de 172.482.913 pesos lo cual deja como saldo la inversión de $ 7.986 por alumno. La UNSa tiene en su planta 2.147 cargos y eso implica la existencia de un docente cada 10 alumnos.
Resumiendo: pese a que la UNLa y la UNQ se encuentran en la región más poblada del país y con grandes problemas sociales, el presupuesto es menor que en las universidades del Litoral y de Salta. Por ejemplo, el gasto por alumno es aproximadamente un 20% menor en la UNLa y en la UNQ en relación a la Universidad de Litoral. Asimismo, la relación entre docente y alumnos es 9 veces superior en la UNLa y 13 veces en la UNQ tomando como referencia la Universidad de Salta.
Otro caso atípico en la distribución presupuestaria de las universidades argentinas es el caso de la Universidad Nacional de San Juan creada en el año 1973. La universidad se inscribe en una provincia cuya población es de 620.023 habitantes. La universidad tiene 20.598 alumnos y una tasa promedio de crecimiento del escaso 0,1%. Su presupuesto para el año 2.010 es la abultada cifra de $ 319.568.299. Eso quiere decir que la inversión por alumno para el año 2010 será de $ 15.514 para la Universidad San Juan y por tomar un ejemplo comparativo, de $ 6.488 para la UNLa. En el año 2006 la cantidad de cargos docentes de la Universidad de San Juan alcanza los 4.869. Haciendo otra analogía, podemos observar que la UNQ dispone de 191 cargos, o sea, que hay 1 docente cada 4 alumnos en San Juan y 1 docente cada 56 alumnos en la UNQ.

Frente a éste panorama la cartera educativa ligada a las universidades desarrolla un prudente silencio. Esto nos deja pensar que el radicalismo a través de la SPU, de Julio Cobos o sus legisladores maneja los hilos de la estratégica política educativa en beneficio propio y en desmedro de aquellas universidades ligadas y comprometidas al Proyecto Nacional.



[1] Los datos mencionados son del INDEC - Censo 2001.
[2] Todos los datos de las universidades son extraídos de la Secretaria de Políticas Universitarias. Anuario 2006.
[3] La tasa de crecimiento de la matrícula 2002- 06 supone actualmente que existen un mayor número de alumnos.

miércoles, 2 de junio de 2010

¿Reformismo o peronismo en la ciencia y la tecnología argentina?


Aritz Recalde - junio 2010


Actualmente en el sistema científico y técnico argentino, coexisten dos grandes concepciones acerca de las diferentes maneras de organizar y de planificar sus actividades[1]. Estas dos corrientes políticas y culturales que definen los rasgos centrales de nuestro sistema científico son el reformismo y el peronismo. El MODELO REFORMISTA se relaciona al gobierno de Hipólito Yrigoyen y se centra en la promoción de la autonomía universitaria y en privilegiar el desenvolvimiento de las disciplinas humanas y sociales. Fue una concepción cultural de raíz vanguardista que se vinculó al contexto del país agroexportador y de servicios de principios del siglo xx. Dicha noción supone que la ciencia se desarrolla plenamente si se separa del Estado y de la democracia de masas privilegiando las decisiones internas del cogobierno universitario o de los ámbitos propios de la actividad de los científicos. Dicha definición y más allá de sus justificaciones filosóficas o sus modelos teóricos, implica que los recursos humanos y de investigación queden estrechamente ligados al interés individual de los profesionales y los académicos y que no se vinculen a la planificación de las políticas del Estado. La ciencia se torna en su comportamiento “anarquista” y favorece que cada investigador se desenvuelva en su acción de manera inorgánica e individualista. Los hombres de ciencia en la tradición reformista no inscriben su práctica en el desarrollo nacional, sino que elaboran sus acciones atendiendo solamente sus inquietudes personales o académicas propias de su pequeño espacio de acción: el docente, investigador o poseedor de beca se cree dueño de los recursos públicos. Las concepciones reformistas en la actualidad son un reflejo de nuestra dependencia social, económica y política. El subdesarrollo del país le imprime a la comunidad científica el síndrome anarquista, que no es no más ni menos, que una de las manifestaciones del sentimiento de inferioridad de nuestros intelectuales sumergidos en debates banales e intrascendentes sobre el devenir de cualquier lugar del mundo, menos de la Argentina. La dependencia económica política del país enajena al intelectual y le marca un horizonte sumamente estrecho que se expresa en tareas intrascendentes sin aplicación histórica. El MODELO PERONISTA de ciencia y técnica se vincula al nacimiento y al impulso en el país de la planificación científica estatal de carácter integral y a la promoción de la innovación tecnológica cuya finalidad es industrializar la argentina. Esta concepción establece que no hay posibilidad de desarrollo científico pleno e independiente en el país sin consolidar previamente la industrialización y la inserción de los sectores populares a la planificación de las políticas públicas. La ciencia y la innovación se organizan desde el Estado y el sector privado en función de los intereses nacionales y no viceversa como en la concepción reformista. El peronismo científico es la política que busca resolver el problema de la dependencia: planificar la ciencia con la finalidad de consolidar el desarrollo integral del país. El peronismo profundizó el desarrollo científico en áreas de importancia estratégica nacional como eran la producción de automotores, de aviones, de maquinaria agrícola, de energía atómica, petróleo, derecho, geopolítica, salud o comunicaciones. Dicha tarea implicó la formulación de Planes Nacionales de Desarrollo integral y sustentable (Quinquenales) y la organización y/o promoción de instrumentos institucionales como fueron el Consejo Nacional de Posguerra, el Ministerio de Educación, la Universidad Obrera, los consejos económicos sociales, las escuelas técnicas, las Academias Culturales, la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) o de Fabricaciones Militares. El modelo de desarrollo nacional implicó cambios radicales en la composición y en el funcionamiento de las instituciones educativas y científicas en relación a la tradición reformista: la educación y la ciencia en el modelo peronista fueron masivas y planificadas desde el Estado -dentro y fuera de las universidades-. La educación científica se tornó popular con la gratuidad universitaria (1949), con la construcción de obras de infraestructura, la multiplicación de institutos privados y públicos de innovación o con la aparición de los centros de investigaciones antecedentes del actual CONICET. El Estado promocionó carreras y líneas de investigación estratégicas del estilo de Ingeniería en Petróleo o en industrias o las ya mencionadas en energía atómica o salud. La aplicación de las dedicaciones exclusivas permitió que las universidades investiguen además de impartir docencia. No fue casualidad que el primer peronismo dispuso de las acciones de científicos e intelectuales prominentes como Ramón Carrillo (medicina), Manuel Savio (siderurgia, química y fabricaciones militares), Leopoldo Marechal (arte) Arturo Enrique Sampay (derecho), Raúl Mende (planificación), Arturo Jauretche (ensayista político) o Carlos Astrada (filosofía). Para estos intelectuales la conciencia nacional era el punto de partida para desarrollar la actividad científica y tecnológica.
Ambas corrientes ideológicas y políticas están vigentes en la actualidad y sostenemos a modo de hipótesis, que el reformismo tradicional corre el peligro de tornarse una concepción regresiva para el desarrollo nacional. Dentro del REFORMISMO no se producen debates demasiado profundos sobre un modelo científico nacional. El reformismo izquierdista ve en la universidad y en la estructura científica un medio para extraer militantes y no un instrumento para desarrollar la nación. El argumento sería que “la ciencia se va a poner al servicio del país cuando estemos en revolución socialista, mientras tanto no se discute la desconexión del conocimiento con el medio social y productivo”. No existe en la historia argentina un programa científico y técnico de izquierda reformista tradicional[2] y por el contrario, se proclama un universalismo abstracto caracterizado por unos debates que no por acalorados, dejan de ser menos intrascendentes. Su denuncia al burgués imposibilita la articulación posible entre la producción y la ciencia. La radicalidad del discurso esconde su práctica que es claramente conservadora. El liberalismo reformista está abocado a ser una subsidiaria de las metrópolis y se preocupa por respetar el país agrario y de servicios al cual no le hace falta un sistema científico técnico desarrollado. El país es el “campo” y lo administran la oligarquía, las cerealeras trasnacionales, los abogados y los economistas: la innovación científica se importa desde las metrópolis. En la actualidad el PERONISMO sigue siendo el sector más dinámico para la organización científica y técnica, ya que propone industrializar el país e implementar a partir de aquí, una acción intelectual y de innovación tecnológica integral. En la política científica iniciada en el año 2003 coexisten ambas tradiciones y es innegable, que en varias universidades y en organismos como el CONICET, siguen predominando prácticas caracterizadas por su desconexión con el modelo nacional de desarrollo. El peronismo científico está siendo aplicado desde algunas casas de altos estudios pero y principalmente, lo hace desde posprogramas del Estado. Lo ejecuta y por ejemplo, a partir de la puesta en realización de los programas de infraestructura más importantes de las últimas décadas y que incluye 100 obras universitarias terminadas o la construcción de una nueva sede para el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. El gobierno y retomando el modelo peronista de ciencia y técnica, está promoviendo carreras prioritarias (ingeniería, agronomía o informática) y un sistema de becas orientados a las carreras socialmente relevantes para el país. La acción estatal está promoviendo y financiando la innovación de nivel internacional de instituciones como la CNEA, el INVAP o Fabricaciones Militares. La creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, la ampliación de los proyectos científicos ejecutados y el financiamiento de las carreras a cientos de estudiantes de posgrado, es un dato importante para el futuro de la organización y la planificación estatal de la ciencia y la innovación tecnológica. La promoción de las escuelas técnicas, el aumento del financiamiento educativo o la entrega de miles de computadoras, complementan un programa cultural y científico estratégico que si se perfecciona y se mantiene en el tiempo, va a oficiar como un pilar fundamental de la nueva Argentina industrialista.


Citas
[1] Estas dos tendencias y tomando distancia de los estudios “académicos” en educación superior, no dividen al campo intelectual entre los supuestos promotores de los modelos “humboltianos o napoleonicos”. La forma en que se construye la historia de la ciencia y de la educación argentina es una de las manifestaciones de nuestra dependencia cultural: queremos encorsetar nuestras prácticas a los sucesos europeos desconociendo los procesos nacionales. Ni la ciencia, ni la política argentina son asimilables linealmente a los modelos de Alemania o a Francia. Es un absurdo frecuente el que aplican los intelectuales cuando quieren interpretar la autonomía universitaria citando a la universidad de Bolonia y no al contexto del gobierno de Hipólito Hirigoyen o a la historia de la legislación hispánica fundacional. Otro tipo de error frecuente es el hecho de mencionar a la UBA liberal y dependiente de 1821, como institución “napoleonica”: Napoleón era un emperador que puso la ciencia al servicio de un imperio y por el contrario, b. Rivadavia fue un dirigente liberal que dispuso del conocimiento al servio de los intereses coloniales. La ciencia del primero acompaño la construcción de un imperio y la producción de la UBA contribuyó a la balcanización del continente y a la implementación del programa aperturista y anti industrialista británico. El mismo inconveniente de interpretación se planteó con la Comisión Nacional de Energía Atómica o con el impulso de la producción de maquinaria agrícola o de aviones con Fabricaciones Militares durante Perón: algunos lo interpretaron como nazismo y otros como bonapartismo. Los modelos científicos y culturales reformista y peronista son en gran medida, originales de nuestro país y fueron exportados a America Latina. Esta condición no niega que estos retoman modelos del extranjero: pero los modifican y ajustan a la situación nacional creando modelos nuevos y originales.

[2] Los planteos de Oscar Varsavsky, Amílcar Herrera o de Fernando Nadra a la hora de proponer un modelo científico para el país, lo hacen a partir de ajustar los aportes del reformismo de izquierda al proyecto nacional y no viceversa.

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